En los últimos años, la sostenibilidad corporativa ha pasado de ser una iniciativa voluntaria a convertirse en un requisito regulado a nivel europeo e internacional, algo que ha convertido al ESG el lastre de las empresas, o eso dicen muchos…
A mi me gusta pensar al contrario, es decir, en la identificación de oportunidades de negocio en ESG, como contaba en el artículo enlazado.
La agenda normativa ha avanzado de forma acelerada, exigiendo a las empresas no solo compromisos ambientales y sociales, sino también transparencia en la gestión de los riesgos y oportunidades asociados a estos aspectos.
En este artículo exploraremos las principales normativas que están marcando la hoja de ruta hacia una economía más sostenible y que son tan criticadas por ser «ESG el lastre de las empresas».
1. De la NFRD a la CSRD: La Evolución del Reporte de Información No Financiera
La Directiva de Reporte No Financiero (NFRD) fue un punto de partida, exigiendo desde 2014 que las grandes empresas divulgaran información sobre temas ambientales, sociales y de gobernanza (ESG).
Sin embargo, sus limitaciones en cuanto a alcance y nivel de detalle llevaron a la aprobación de la Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) en 2022.
La CSRD amplía el alcance y se aplicará a unas 50.000 entidades de manera escalonada para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2024.
- Para el ejercicio 2024 (a reportar a inicios del 2025), se aplicará a las entidades que ya informan con arreglo a la NFRD, es decir, Entidades de Interés Público (EIP) con más de 500 trabajadores.
- Las demás entidades que cumplan los criterios de alcance establecidos en la CSRD tendrán que informar a partir del ejercicio 2025 (a reportar a inicios del 2026)
- Las PYME cotizadas a partir del ejercicio 2026
- Las filiales de terceros países ubicadas en la UE entrarán en el ámbito de aplicación en el ejercicio 2028.
En cambio, en España se está finalizando con el proceso de transposición y los criterios son, hasta la fecha de este post, los siguientes:
- Desde el 1 de enero de 2024, afectará a grandes empresas con activos superiores a 25 M€ y cifras de negocio anuales superiores a 50 M€, incluyendo empresas de interés público y grupos con más de 500 empleados.
- Desde el 1 de enero de 2025, se aplicará al resto de las grandes empresas y grupos dominantes.
- Desde el 1 de enero de 2026, incluirá a PYMES cotizadas (excluyendo microempresas) y grandes aseguradoras cautivas.
- Finalmente, a partir del 1 de enero de 2028, filiales y sucursales de empresas extranjeras con un volumen de negocio en la UE superior a 150 M€ deberán presentar esta información.
Además, establece el uso obligatorio de estándares comunes de reporte, los ESRS (European Sustainability Reporting Standards), que proporcionan un marco detallado para informar sobre indicadores ESG clave.
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2. ESRS: El Nuevo Lenguaje de la Sostenibilidad Corporativa
Los ESRS son el corazón técnico de la CSRD. Desarrollados por EFRAG, estos estándares garantizan un enfoque armonizado y verificable en el reporte de sostenibilidad. Se dividen en 12 bloques temáticos que cubren:
- Medioambiente (E1 a E5): Cambio climático, contaminación, agua y recursos marinos, biodiversidad y uso de recursos.
- Social (S1 a S4): Igualdad, derechos humanos y relaciones laborales.
- Gobernanza (G1): Ética empresarial, control interno y gestión de riesgos.
La primera aplicación de los ESRS será para las grandes empresas en los ejercicios de 2024, con un escalonamiento para otros tamaños empresariales.
3. La Taxonomía de la UE: Finanzas Verdes y Clasificación de Actividades
Desde 2020, la Taxonomía de la Unión Europea establece un sistema de clasificación para determinar qué actividades económicas pueden considerarse «sostenibles». Esto no solo permite a los inversores identificar proyectos alineados con los objetivos climáticos, sino que también obliga a las empresas a reportar qué porcentaje de sus ingresos, inversiones y gastos se ajustan a esta clasificación.
La taxonomía actualmente cubre seis objetivos ambientales:
- Mitigación del cambio climático.
- Adaptación al cambio climático.
- Uso sostenible del agua.
- Economía circular.
- Prevención de la contaminación.
- Protección de la biodiversidad.
4. CS3D: La Nueva Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad
La Directiva de Diligencia Debida Corporativa en Sostenibilidad (CS3D) representa un paso más allá del reporte, exigiendo a las empresas:
- Identificar riesgos ESG a lo largo de su cadena de valor.
- Implementar medidas para prevenir, mitigar o reparar impactos negativos.
- Establecer mecanismos de supervisión y rendición de cuentas.
Aplica a empresas con más de 500 empleados y 150 millones de euros en ingresos, aunque tiene alcance global, pues exige que también las cadenas de suministro fuera de la UE cumplan con estos requisitos.
5. Cómo Prepararse para el Nuevo Escenario
La implementación de estas normativas plantea desafíos, pero también ofrece oportunidades para las empresas que sepan adaptarse. Aquí algunas recomendaciones clave:
- Digitalización y herramientas de reporte: Implementar plataformas como Workiva o Aplanet para gestionar la recopilación y reporte de datos ESG.
- Formación interna: Asegurarse de que los equipos de sostenibilidad, finanzas y recursos humanos entiendan los requisitos normativos.
- Estrategias proactivas: Ir más allá del cumplimiento y adoptar estrategias ESG que integren la sostenibilidad en la toma de decisiones.
Conclusión: ¿Es ESG el lastre de las empresas?
La sostenibilidad corporativa ya no es opcional.
Con normativas como la CSRD, los ESRS, la taxonomía de la UE y la CS3D, las empresas se enfrentan a una transformación estructural.
Aquellas que adopten estos cambios como una oportunidad para innovar y liderar, estarán mejor posicionadas para prosperar en un mercado cada vez más regulado y consciente.
Entonces, ¿ESG el lastre de las empresas?
La pregunta ya no es «¿Debo cumplir?», sino «¿Cómo puedo aprovechar la sostenibilidad para diferenciarme?».
La respuesta es NO, es decir, las empresas, ya sean grandes, medianas o pequeñas, tienes una oportunidad muy importante para mejorar la viabilidad de sus negocios.
Los criterios ESG están muy lejos de ser el lastre de las empresas, todo lo contrario, son la vía para optar a:
- Mercados de grandes empresas y empresas cotizadas. Todas ellas están obligadas a reportar indicadores ESG tanto propios como de la cadena de suministro.
- Mejores condiciones de financiación por las entidades financieras.
- Mejores valoraciones en subvenciones sujetas a criterios ESG y de taxonomía verde.
- Fondos de inversión con criterios de inversión sostenible.
- Entre otros.
¿Te he convencido?
Me gustaría saber tu opinión en comentarios y abrimos un debate al respecto.
Esto es opinión de consultor y de dueño de varias PYME afectadas indirectamente por las obligaciones derivadas de CSRD de mis propios clientes, espero que te ayude a comprender mejor la situación actual en esta materia.